Canal 13

Canal 13: Carolina Moncada explica cómo se han abordado algunos de los casos de nuestra oficina de abogados

El Noticiero de T13 estuvo investigando y revisando algunos de los casos de Devuelvememicasa.com, como el de Marcelo Carreño y Jeremías Canales.

Conoce, a través de las declaraciones de nuestra gerenta legal, Carolina Moncada, los detalles de la nueva ley Devuélveme mi casa y cómo desde nuestra oficina de abogados damos respuesta a tu problemática.

 

Fuente: Canal 13

Marcelo Carreño, caso Devuelvememicasa.com

A raíz del caso de Marcelo Carreño: Carolina Moncada cuenta que ha demandado a 150 arrendatarios morosos y la mitad escapó

Marcelo Carreño es uno de los beneficiados: recuperó su casa, aunque le dejaron una deuda de más $2.000.000.
Marcelo Carreño (49) arrendó su casa de tres dormitorios y dos baños por $270.000 cinco años atrás. Al inicio no tuvo problemas con su inquilino: pagaba todos los meses puntualmente. Los inconvenientes se generaron después del estallido social cuando el jefe de hogar perdió su trabajo. El hombre armó un negocio gastronómico, pero después vino la pandemia, le empezó a ir mal y se atrasó con el pago.

‘Me empezó a decir que no le alcanzaba. Me puse en sus zapatos y le di la chance de ir pagando los tres meses de arriendo en cuotas: lo pactamos en nueve. En 2021 nuevamente se atrasó y no alcanzó a pagarme ni la mitad de la deuda de 2020; volvimos a renegociar. Lo que yo no sabía era que en 2021 no cortaban la luz ni el agua por no pago, nunca me fijé si él había cancelado esas cuentas. Cuando revisé, no había pagado nunca’, cuenta. Carreño cuenta que le dio varias oportunidades para ponerse al día, pero nunca pagó nada por completo. Los primeros meses del 2022 tampoco los pagó. ‘En marzo le advertí que si no me podía pagar el arriendo, se tenía que ir. Me decía que tenía que pagar sus cosas y yo le contestaba que no era mi problema. Nuevamente llegamos a un acuerdo. Sacamos las cuentas de cuánto me debía y me dijo que me iba a abonar adicional al arriendo $100.000 todos los meses. Pero otra vez no pagó.

Me quedó debiendo más de $2.000.000 ($1.800.000 de arriendo, $480.000 de luz y $400.000 de agua)’, señala. En junio se publicó la Ley Devuélveme mi Casa y no dudó en demandarlo. Le advirtió que iba a judicializar el caso, por lo que el arrendatario abonó $400.000 para que no lo echaran de la propiedad. Sin embargo, Carreño decidió seguir con la demanda. El 7 de septiembre se ingresó y el 6 de octubre el tribunal la acogió, ordenando la notificación. Ese mismo mes el inquilino prefirió huir sin ponerse al día con su deuda.

La mitad ha escapado

Lo que hemos visto hasta ahora es que gran parte de los demandados se arranca cuando el tribunal ordena el lanzamiento. Como van a ser desalojados por la fuerza pública, huyen en esa etapa. Es muy difícil que un caso termine en lanzamiento. En muy pocas ocasiones el arrendatario paga todo lo que debe.

La abogada Carolina Moncada, del estudio jurídico Devuélveme Mi Casa explica que han ingresaron 150 demandas y la mitad de los arrendatarios escapó antes de que llegara la policía, liberando la propiedad, pero dejando cuantiosas deudas.

‘La nueva norma no se hace cargo de la forma en cómo se podría recuperar los montos adeudados. Si la persona arranca, la propiedad queda con deuda de servicios básicos, gastos comunes y de arriendos. Uno podría seguir con el cobro tradicional, que es embargar bienes, pero nos encontramos con la dificultad de que nos sabemos dónde se fue la persona, no tenemos su domicilio. Además, el que no paga la renta es muy difícil que tenga para pagar cuantiosas deudas.  Cuando el moroso se arranca, se va con todo. Es muy difícil recuperar el dinero, creo que la ley pudo hacer algo más. Por eso es importante que los contratos de arriendo tengan un aval o codeudor solidario’, remarca.

Los plazos

‘Una vez que ingresa la demanda, el tribunal demora unos 15 días en promedio en acogerla. Hay tribunales que son más mateos y tardan una semana. Luego, el juez ordena que se notifique la demanda y el receptor se toma entre diez y 15 días para hacerlo.

Desde que se notifica, empieza a correr el plazo de diez días corridos para que el arrendatario se presente al tribunal y pague lo que se demanda. Si pasan esos diez días y no paga, se notifica el lanzamiento con fuerza pública’, explica la abogada Moncada. Dice que en la mayoría de los casos se puede recuperar la propiedad en 45 a 60 días hábiles. ‘La regla general es que los arrendatarios no pagan las deudas. Salvo excepciones, muchos huyen’, admite.

-¿Cuál es la ventaja de esta ley?

-Que la discusión es una sola: si el arrendatario va a pagar o no. No tiene audiencia testimonial ni de pruebas. Si no paga, debe restituir la propiedad. Lo que debe presentar el demandante es el contrato de arriendo y las cuentas de la propiedad de consumo habitacional y/o gastos comunes y, por supuesto, la deuda en arriendo. La carga de probar que pagó la tiene el arrendatario, ya no la tiene el arrendador como la tenía en el juicio tradicional. Si eres arrendador y dices que tal persona me debe tanto y el arrendatario dice que pagó, debe acompañar los comprobantes. El juicio es mucho más sencillo.

Fuente: LUN
Carolina Moncada LUN

Carolina Moncada nos explica el paso a paso para enfrentar a arrendatarios incumplidores

Romina Sáez aún no se recupera de los golpes que recibió en marzo, cuando encaró a los arrendatarios que le adeudaban dos meses de arriendo. La abogada, contadora y exfigura del programa de TV ‘Mekano’ acudió con su madre a pedirles que abandonaran su propiedad ubicada en la comuna de San Joaquín, el diálogo pasó a la violencia y hoy es una causa criminal en manos de la Fiscalía Sur.

Casos como el de Sáez abundan en Chile, por eso se creó esta nueva legislación, que da al moroso un plazo de diez días corridos contados desde la notificación para pagar, defenderse o entregar la propiedad; de lo contrario el juez ordena el lanzamiento del demandado en un plazo no superior a diez días.

Los especialistas en lanzamientos evitan a toda costa tocar la puerta del deudor, pues no saben cómo será su reacción. A continuación, los pasos que siguen para sacarlos de la propiedad.

Paso a paso
Identifique las deudas. El primer paso, dice Carolina Moncada, abogada del estudio jurídico Devuélveme mi Casa, es identificar cuáles son las deudas que tiene el arrendatario.

‘Si hay morosidad en el arriendo, hay que revisar qué otras cuentas registran deudas. Puede ser en la web de cada compañía de servicios, con la dirección de su propiedad puede ver cuál es el número del cliente y verificar el estado de la deuda. Los gastos comunes los tiene que averiguar con la administración del condominio’, asegura.

Relea el contrato. Lo segundo es revisar bien las cláusulas del contrato firmado.

‘En los contratos de arriendos por lo general se incluye la obligación de cumplir con el pago al día de las cuentas de consumo habitacional y de los gastos comunes’, indica la jurista.

Si el acuerdo fue de palabra y no hay contrato, cosa frecuente cuando el arrendatario es un amigo o un familiar, Moncada recomienda recopilar todos los antecedentes que acrediten que alguna vez el arrendatario pagó algo.

‘Los comprobantes de transferencia electrónica son muy importantes. Cuando se hace la transferencia electrónica queda el nombre de la persona. En el caso de los famosos depósitos de Caja Vecina no indican el nombre, solo el RUT. Es difícil ese tipo de antecedente como medio de prueba. Los WhatsApp o medios electrónicos de comunicación sirven para acreditar la relación, pero siempre deben ir acompañados de comprobantes de transferencia electrónica’, añade la especialista.

‘Los tribunales siguen exigiendo que haya un contrato por escrito. Cuesta mucho que acojan demandas cuando no hay un contrato. Las pruebas tienen que justificar que hubo una relación contractual’, enfatiza.

Comunique las medidas. Una vez reunida la información de la deuda y de las cláusulas incumplidas, debe haber una comunicación con el arrendatario.

‘La conversación puede ser a través de correo electrónico, WhatsApp, llamada telefónica o carta certificada. No es necesario ir personalmente. En la comunicación usted expresa que le deben tanto y que de acuerdo a la cláusula equis del contrato, está obligado a pagar’, señala Moncada. ‘Lo bueno de hacerlo por escrito es que hay una fecha del correo y va a quedar un antecedente de lo que se mandó. La gracia de las cartas certificadas es que garantizan fecha de envío y recepción’.

Demande. ‘Si no hubo respuesta a esa carta, a ese llamado, o incluso si habló y le dijo que le pagaría en tal fecha y no lo hizo, la recomendación es no esperar ni un día más y demandar. Estamos hablando de arrendatarios que llevan meses con deudas, darles más plazo para pagar es aumentar más la deuda’, justifica Moncada.

Fuente: LUN

 

canal 13

Canal 13: lo echaron de su propio terreno y sigue pagando contribuciones

Nuestra gerenta legal, Carolina Moncada, explic en Canal 13, que gracias a la nueva ley Devuélveme mi casa, una vez presentada la demanda por parte del dueño, hay 10 días de plazo para que el ocupante ilegal se presente en el tribunal y entregue alguna acreditación de título de propiedad, de lo contrario será desalojado, incluso con fuerza pública.

Ve la nota completa y entérate cómo sacar a ocupantes ilegales de tu propiedad.

 

Fuente: Canal 13.

Ley Devuélveme mi casa

Ocupaciones ilegales: solicitudes de restitución de propiedad por esta causa han aumentado en un 25% del total de demandas tramitadas.

A raíz del edificio con más de 30 departamentos tomados en Meiggs, donde su dueño continúa pagando créditos hipotecarios y contribuciones, el tema de las ocupaciones ilegales o denominadas Casas Ocupas ha dejado en evidencia la difícil situación de miles de propietarios que deben lidiar con esta realidad.

La inflación y las barreras económicas de acceso al arriendo han empeorado la situación. Según los analistas de Devuelevemmicasa.com las solicitudes de restitución de propiedad por esta causa han aumentado en un 25% del total de demandas tramitadas.

“Las ocupaciones ilegales son un tema de hace varios años en Chile. Pero estos últimos meses hemos visto un aumento sostenido de las solicitudes de demandas por restitución de propiedad por esta causa, ya que la nueva ley Devuélveme mi casa permite recuperar la vivienda de los denominados ocupas, en un tiempo exprés y a pesar de que en estos casos no se cuenta con contrato”, explicó Carolina Moncada, gerenta legal de Devuelvemicasa.com

Cómo aplica la ley para recuperar las casas ocupas
Una de las novedades de la nueva ley de arriendo es que no solo aplica para deudas de arriendo, sino que se suman otras causales: deudas de gastos comunes, no pago de cuentas de luz, agua o gas y ocupaciones ilegales.

En este último caso, al no haber un contrato de por medio, lo que se requiere es individualizar a alguno de los ocupantes para poder interponer la demanda.

“Desde que comenzó a aplicar la nueva ley de arriendo, la mayoría de los casos que teníamos asociados a esta causal eran en regiones, en segundas viviendas, ya que son propiedades que pasan muchos meses sin moradores. Sin embargo, hoy vemos dos elementos nuevos. El primero, es que las personas se están atreviendo a demandar y por consiguiente a desalojar aprovechando los beneficios de la nueva ley Devuélveme mi casa. Y lo segundo, es que se ha incrementado un alto índice de ocupaciones ilegales en propiedades para inversión, ya sea departamentos o casas. Incluso, en propiedades que representan los ingresos permanentes de un grupo familiar o de adultos mayores que decidieron vivir con familiares para complementar ingresos, ya que la pensión no les da para vivir”, explica Moncada.

Lo positivo es que hoy los propietarios pueden recuperar sus viviendas ocupadas ilegalmente, a través de la “presentación de una demanda, luego viene la notificación y resolución, con la cual se genera un plazo de 10 días corridos desde la notificación de la demanda para pagar u oponerse. Si la persona no paga, no comparece, o no se opone dentro de los 10 días corridos, la resolución es sentencia definitiva y se ordena el desalojo”, concluyó la abogada.

Carolina Moncada

En LUN nuestra gerenta legal entrega consejos de cómo asegurar de mejor forma la propiedad de arrendatarios abusivos

A raíz del caso de Juan Pablo Queraltó, quien recurrió a Devuelvememicasa.com, la abogada Carolina Moncada,  asesoró al comunicador y contó que interpusieron una demanda por la nueva ley hace un mes y medio y justo cuando estaban cumpliendo con lo ordenado por el tribunal, la arrendataria se acercó para regularizar la situación contractual. «El juicio lo tenemos en suspensión. Si la arrendataria no paga, se reactivará el juicio», señaló Moncada.

¿Por qué es importante contar con la copia del contrato?

Para la abogada, «al momento de querer interponer una demanda es relevante porque acredita su existencia y lo acordado en el mismo. Si no lo tiene es importante tener comprobantes que acrediten el pago mensual del arriendo a través de transferencias bancarias donde figure el nombre del arrendatario. También puede acompañar con otros documentos que acrediten su existencia (mails, chats de WhatsApp), lo que quedará a criterio del juez si los antecedentes adjuntados en la demanda son suficientes para acreditar la existencia del contrato'».

 

Fuente: LUN

Columna de opinión Gonzalo Fuenzalida

Red El Mercurio publica columna de opinión de Gonzalo Fuenzalida sobre nueva ley de arrendamiento

Ley Devuélveme mi casa: la reivindicación del derecho a la propiedad

  • Entre julio y agosto se presentaron 1.424 demandas al alero de la nueva ley de arrendamiento, siendo las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío las que concentran el mayor número.
La ley Devuélveme mi casa entró en vigencia el 30 de junio de este año. A meses de la implementación de esta normativa, de la que fui autor cuando fui diputado, junto al senador Matías Walker, puedo hacer una evaluación positiva, ya que llega a solucionar un problema que aquejaba a miles chilenos que hasta hoy no encontraban respuesta efectiva en el sistema, y de lo que da cuenta las cifras del Poder judicial.

Las demandas ingresadas por término de contrato de arrendamiento por no pago hasta abril de este año (antes de la nueva ley) era de 4.370 en tribunales de todo Chile, con tan solo 15 sentencias entre enero y abril de 2022, todas arrastradas de juicios anteriores. Es más, el tiempo en dictar sentencia en primera instancia oscilaba entre 156 a 300 días y en las cortes de apelaciones la sentencia se demoraba en ser alegada y fallada seis meses.

Todos esos plazos incluían procedimientos legales y trámites engorrosos poco efectivos como demanda, audiencias, rendición de pruebas, resoluciones, sentencia. Hoy en solo 10 días y con una solo una demanda, el afectado puede recuperar su propiedad.

Pero qué ha pasado estos meses. Según el Poder judicial, solo entre julio y agosto se presentaron 1.424 demandas al alero de la nueva ley de arrendamiento, siendo las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío las que concentran el mayor número, seguidas por las ciudades La Serena, Rancagua, Talca, Temuco, Antofagasta. Y el promedio de resolución de los casos, alcanza entre los 30 y 40 días.

Sin duda, los beneficios son evidentes en términos de tiempo y burocracia, y a eso se suma que hoy los propietarios no solo pueden acogerse a esta ley por deudas de arrendamiento, también aplica para deudas de servicios básicos como luz, agua y gas y gastos comunes.

Claramente hemos logrado resolver años de infructuosos trámites, que no solo implicaban tiempo, sino que también el desgaste emocional y económico de los afectados. Pero el tema es más profundo, con esta ley se han reivindicado los derechos de los propietarios, vulnerados sistemáticamente por arrendatarios abusivos. Es por eso que hoy sentimos que hemos cumplido con ellos, con quienes el Estado tenía una deuda desde hace mucho tiempo.

No olvidemos que la mayoría de quienes adquieren una propiedad lo hacen con los ahorros, producto del esfuerzo de toda una vida de trabajo. Solo nos queda esperar que los beneficios de esta ley lleguen a muchas personas, pero para eso debemos difundir e informar sobre ella y esa es la tarea.

Fuente: Crónica de Chillán, El Mercurio de Calama, El Mercurio de Antofagasta, El Llanquihue, El Diario de Atacama, El Austral el Diario de Osorno.
Juan Pablo Queraltó

Juan Pablo Queraltó explica cómo resolvió el lío con sus arrendatarios morosos gracias a nuestra gestión

Hace dos años alquiló su departamento en Santiago Centro y desde la pandemia la arrendataria no le volvió a pagar.

El periodista Juan Pablo Queraltó hace un tiempo compró un departamento como inversión en el sector de calle Serrano de Santiago Centro. Como muchos lo hacen, su idea era que el arriendo cubriera la cuota mensual del dividendo de su propiedad. Él arrienda hace cinco años, pero en los últimos dos años comenzó a tener problemas con su última arrendataria.

‘Al principio la arrendataria me pagaba siempre, muy al día. Ocurrió la pandemia y ahí me pagó unos meses no más, le condoné seis para que ella no tuviera problemas, ya que había quedado sin trabajo. Siempre con el compromiso de que más adelante se ponga al día, pero después dejó de pagarme. Ella después volvió a trabajar y hoy me debe unos 3 o 4 millones de pesos’, señaló.

El arriendo lo gestionó a través de una corredora de propiedades. Sin embargo, detectó que la empresa incurrió en graves faltas: no le entregaron la copia del contrato ni tampoco recibió los comprobantes de pagos. Por lo que decidió dar de baja su servicio, asumiendo él la responsabilidad de gestionar su propiedad. ‘La corredora no pedía los documentos necesarios a la hora de arrendar’, indicó.

‘Cuando llegué a revisar las cuentas, noté que había excesivas sumas de gastos comunes impagos. En otros departamentos cuando no se pagan tres meses de gastos comunes se corta la luz. Acá eso no existía. Por ende, la deuda se seguía acumulando. También me di cuenta de que el arriendo no se pagaba hace muchos meses. La respuesta de los arrendatarios era que iban a pagar, pero luego salían con puras excusas. Cuando uno saca a la persona o si la persona se va, quien queda con la deuda general de los gastos comunes es el dueño del departamento’, manifestó.

-¿Qué hizo?

-Este tema le debe pasar a muchas personas que tienen que seguir cumpliendo su compromiso de pagar el hipotecario al banco. En este caso lo he tenido que asumir yo durante todo este tiempo. Me asesoré con el estudio jurídico Devuélveme mi Casa, que se han portado un 7 conmigo, ya que tienen abogados que saben cómo reaccionar frente a situaciones como estas. Para nadie es grato tener que sacar de su bolsillo para seguir pagando, pero tampoco uno puede echar a la persona de un momento a otro. También uno es criterioso en pensar que esa persona tiene una familia. En este caso decidí partir desde cero. Tuve que conversar con la arrendataria y volvimos a firmar un contrato.

-¿Y en qué quedó la deuda?

-La arrendataria está en proceso de ponerse al día y llegar a ciertos acuerdos para así paliar esta deuda y no llegar a otras acciones que terminan siendo incómodas tanto para el dueño del departamento como para el mismo arrendatario (hasta ahora todavía no lo hace). Es importante hacerse asesorar, justamente porque el tiempo pasa, las deudas crecen y algunas personas terminan aprovechándose de esa buena onda que el arrendador puede tener con el arrendatario.

-¿Y confía después de todo lo que pasó?

-La verdad es que soy una persona que cree en la gente. Si los arrendatarios se comprometieron que iban a empezar a cumplir, tengo la responsabilidad de creer. Espero que no me fallen.

 

Carolina Moncada, abogada de Devuelvememicasa.com nos aconseja
La abogada de Devuélveme mi Casa Carolina Moncada, quien asesoró al comunicador, contó que interpusieron una demanda por la Ley Devuélveme mi Casa hace un mes y medio y justo cuando estaban cumpliendo con lo ordenado por el tribunal, la arrendataria se acercó para regularizar la situación contractual. ‘El juicio lo tenemos en suspensión. Si la arrendataria no paga, se reactivará el juicio’.¿Por qué es importante contar con la copia del contrato? ‘Al momento de querer interponer una demanda es relevante porque acredita su existencia y lo acordado en el mismo. Si no lo tiene es importante tener comprobantes que acrediten el pago mensual del arriendo a través de transferencias bancarias donde figure el nombre del arrendatario. También puede acompañar con otros documentos que acrediten su existencia (mails, chats de WhatsApp), lo que quedará a criterio del juez si los antecedentes adjuntados en la demanda son suficientes para acreditar la existencia del contrato’.
Fuente: LUN